ANTICORRUPCIÓN, ANTIFRAUDE Y ANTISOBORNO (ÁMBITO NACIONAL Y TRANSNACIONAL)
La Junta Directiva de SITTCA OIL & GAS S.A.S. de ahora en adelante SITTCA establece la presente política con el fin de establecer lineamientos claros y eficaces para prevenir, detectar y sancionar actos de corrupción, fraude y soborno, tanto en ámbito nacional como transnacional. Este objetivo se fundamenta en el cumplimiento de las normativas locales e internacionales aplicables, así como en el fortalecimiento de una cultura corporativa basada en los principios de transparencia, ética y responsabilidad.
Esta Política se fundamenta en los lineamientos exigidos por la Superintendencia de Sociedades, conforme a la normatividad legal vigente. Su aplicación abarca a todos los colaboradores, miembros de la Junta Directiva, proveedores, clientes, aliados estratégicos, contratistas y en general toda persona jurídica o natural con relación comercial y/o contractual vigente vinculadas a SITTCA. Asimismo, cubre todas las actividades y operaciones en las jurisdicciones donde la empresa tiene presencia, asegurando el cumplimiento de las disposiciones legales y normativas aplicables.
Corrupción: Según la organización Transparencia Internacional es el abuso de posiciones de poder o de confianza, para el beneficio particular en detrimento del interés colectivo, realizado a través de ofrecer o solicitar, entregar o recibir bienes o dinero en especie, en servicios o beneficios, a cambio de acciones, decisiones u omisiones.
Soborno: Según la organización Transparencia Internacional es el ofrecimiento de regalos, préstamos, honorarios o cualquier otro tipo de beneficio, a cualquier persona, a modo de incentivo para realizar un acto deshonesto e ilegal que implica el quebrantamiento de la confianza durante la conducción de los negocios en la empresa.
Fraude: De acuerdo a La Organización Internacional para las Migraciones es la distorsión u ocultación de hechos materiales con intención de engañar y obtener beneficios no autorizados.
Línea Ética: Es un mecanismo de comunicación confidencial y sin identificación personal, para que empleados, clientes, proveedores o cualquier persona externa pueda reportar de manera segura y sin riesgo de represalias, conductas inapropiadas, prácticas fraudulentas, soborno, corrupción u otras irregularidades.
Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE): Es un conjunto de políticas y procedimientos específicos encaminados a identificar, detectar, prevenir, gestionar y mitigar los Riesgos de Corrupción o los Riesgos de Soborno Transnacional que puedan afectar a la empresa.
En SITTCA, hemos adoptado una Política de Cumplimiento que abarca los procesos de conocimiento, aceptación y vinculación de terceros, así como las interacciones con funcionarios públicos tanto nacionales como internacionales. Para ello, se han establecido directrices esenciales, de cumplimiento obligatorio, que garantizan el correcto desarrollo del programa y orientan las acciones de la empresa, sus colaboradores, socios y demás partes interesadas.
Es responsabilidad de los miembros de la Junta Directiva, trabajadores, proveedores, clientes, agentes y representantes de SITTCA prevenir, dentro de lo razonable, cualquier acto de corrupción, fraude o soborno, ya sea nacional o transnacional.
Reafirmamos nuestro firme compromiso con la aplicación de una política de «tolerancia cero» frente a cualquier acto de fraude, soborno (nacional o transnacional) y corrupción. Condenamos categóricamente cualquier conducta que contravenga la Constitución Política de Colombia, el Código Penal, o las leyes locales e internacionales aplicables en las regiones donde operamos. Asimismo, rechazamos de manera contundente las prácticas que infrinjan las disposiciones establecidas en nuestro reglamento interno de trabajo y en los manuales de los sistemas.
Promovemos prácticas de negocio justas y transparentes, con el objetivo de garantizar el cumplimiento de las leyes y regulaciones locales en los países donde tenemos presencia.
Nos comprometemos a mantener los más altos estándares éticos en nuestras acciones y relaciones comerciales. Por esta razón, restringimos, ya sea en nombre de la empresa o a título personal, regalos, condiciones ventajosas, salarios, viajes, comisiones u otras formas de compensación destinadas a influir en decisiones de negocios. Asimismo, rechazamos cualquier práctica que implique la obtención o entrega de ventajas o beneficios indebidos, soborno o extorsión en nuestras interacciones con clientes, proveedores, instituciones financieras, concesionarios, contratistas, empresas, autoridades, representantes gubernamentales u otras entidades con las que llevamos a cabo operaciones.
Reprobamos enfáticamente cualquier acto de favoritismo, clientelismo o nepotismo en los procesos de selección. De igual manera, ningún destinatario de este manual debe sentirse presionado a participar en este tipo de conductas en ninguna circunstancia, recordando que dichas prácticas son ilegales según la legislación colombiana.
No se establecerá ninguna relación de negocios o de cualquier otra índole con personas naturales o jurídicas respecto de las cuales existan dudas sobre el origen de sus fondos, vínculos con organizaciones al margen de la ley o que se encuentren en listas restrictivas por ser susceptibles de soborno.
Ante la identificación de una situación inusual o sospechosa, esta deberá ser reportada a través de la Línea Amiga. Garantizamos que toda persona que denuncie una situación ya sea real o supuesta, actuando de buena fe, contará con la protección de los principios de confidencialidad, anonimato y no represalia.
Las políticas, procedimientos, metodologías, los criterios de medición, las escalas de valoración del programa se revisarán cada 2 años, con el fin de mantener actualizado el programa, según las nuevas tipologías de corrupción utilizadas.
El incumplimiento de las disposiciones contenidas en este documento será considerado una falta grave y será sancionado conforme a lo establecido en el Reglamento Interno de Trabajo vigente y en las normativas aplicables. Esto, sin perjuicio de las acciones legales que puedan derivarse, de acuerdo con la normatividad correspondiente a cada caso.
Esta política se incorporará en el Manual de Cumplimiento del Programa de Ética Empresarial, diseñado para integrar las normas internas orientadas a la prevención del soborno transnacional y la corrupción, así como los principios y valores éticos de SITTCA, con el propósito de garantizar que los negocios se lleven a cabo de manera ética, transparente y honesta.